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l lanzamiento de un call toma el
compromiso de vender el título valor
subyacente al precio de ejercicio
siempre y cuando le asignen un ejercicio.
A cambio de la obligación que asume,
recibe el pago de la prima que es
realizado por el comprador de la
opción.
Al
lanzador de un call le pueden asignar
un ejercicio en cualquier momento
durante la vida de la opción, salvo
que previamente haya cerrado su
posición de opciones.
a)
Lanzamiento cubierto de calls
El lanzador de un call es aquel
que vende una opción de compra sobre
acciones que posee. Los títulos
pueden ya integrar su cartera, o
puede adquirir las acciones y simultáneamente
librar calls contra ellas.
Un lanzador cubierto de un call
pierde la oportunidad de beneficiarse
de un aumento en el precio de la
acción por encima del precio de
ejercicio. Además el lanzador cubierto
de un call continúa afrontando el
riesgo de una declinación en el
precio del título valor subyacente.
Uno
de los principales objetivos del
lanzamiento cubiertos de calls es
el de conseguir un mayor retorno
vía ingresos por prima, que lo que
podría rendir la sola inversión
en acciones.
El
lanzador cubierto de un call siempre
retiene los dividendos en efectivo
generados por los títulos valores
subyacentes durante el período previo
al ejercicio. No obstante, el titular
del call se transforma en acreedor
del dividendo si ejercita la opción
en una fecha anterior a aquella
en que la especie se cotice ex-dividendo
(aunque la notificación al lanzador
de la opción de que se la ha asignado
un ejercicio sea posterior a la
fecha del ex-dividendo).
Dado
que los titulares de calls pueden
intentar hacerse de un dividendo
pendiente ejerciendo su opción,
a medida que se acerca la puesta
a disposición del dividendo aumentan
las probabilidades de que se le
asigne un ejercicio a un lanzador
de un call.
Siendo
que el lanzador cubierto de un call
pierde la oportunidad de lucrar
una suba en el precio de la acción
por encima del precio de ejercicio,
si dicho aumento tuviera lugar causando
que al aproximarse el vencimiento
el call se convierta in the money,
el inversor puede anticipar que
le asignarán un ejercicio. Salvo
que cancele su obligación como lanzador
comprando una opción neutralizadora
(por una prima que puede ser superior
a la que recibió por lanzar la opción
de compra) antes que le asignen
un ejercicio, deberá entregar las
acciones al precio de ejercicio.
Si
el lanzador cubierto de un call
no desea desprenderse de las acciones
que ya poseía, puede adquirir al
precio corriente de mercado suficientes
acciones de la misma especie para
satisfacer su obligación de ejercicio.
La utilidad de esta estrategia depende
de si, al precio corriente de la
especie, la pérdida que significa
comprar las acciones en el mercado
e inmediatamente revenderlas al
precio inferior de la opción, es
mayor o menor que la prima recibida
cuando se lanzó el call. Tales consideraciones,
como el deseo de continuar poseyendo
las acciones, pueden indicar si
ésta es una alternativa preferible
a la entrega de acciones que ya
se poseían.
También
se pueden lanzar calls cubiertos
con el propósito de lograr una protección
limitada (hasta el valor de la prima)
contra una disminución en el precio
de las acciones.
b)
Lanzamiento descubierto de calls
El lanzamiento de calls en descubierto
involucra la vena de una opción
de compra contra acciones que uno
no posee ni tiene la opción de comprar.
En este caso el grado de riesgo
es sumamente elevado.
El
objetivo de lanzar calls en descubierto
es obtener un ingreso en concepto
de primas sin invertir en el título
valor subyacente. Sin embargo, un
lanzador de calls descubiertos debe
cumplir los requisitos que establecen
los márgenes de garantía.
El
margen de garantía se refiere a
los títulos valores (o al dinero)
que debe depositar con su agente
un lanzador de calls (o puts) como
garantía por la obligación de vender
(o comprar) los títulos subyacentes
si le asignan un ejercicio. Los
lanzadores en descubierto pueden
tener que reponer sus márgenes de
garantía en el caso de oscilaciones
adversas de los precios.
La
pérdida que puede incurrir un lanzador
de calls descubiertos está limitada
a la diferencia en que el precio
de mercado de la acción supere el
precio de ejercicio de la opción,
menos la prima recibida por el lanzamiento.
Como
todo lanzador de opciones, el vendedor
descubierto de un call está sujeto
a la asignación de un ejercicio
en cualquier momento. En ese caso,
el lanzador descubierto del call
tendría que comprar los títulos
valores subyacentes al precio corriente
de mercado y revenderlos al precio
inferior de ejercicio.
El
lanzamiento de calls en descubierto
es una estrategia de alto riesgo
y requiere que los inversores que
la realicen posean una gran capacidad
financiera y suficientes activos
líquidos para cumplir con los márgenes
de garantía pertinentes.
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